El despido de un trabajador mientras atraviesa una situación de salud genera muchas dudas legales y, en algunos casos, puede constituir una vulneración de derechos. Por eso, es importante entender en qué consiste el despido discriminatorio por enfermedad y cuándo puede considerarse ilegal en España.
Aunque no toda baja médica implica automáticamente un despido nulo, sí existen supuestos en los que la extinción del contrato puede considerarse discriminatoria, especialmente cuando la decisión empresarial está motivada por la enfermedad del trabajador o afecta a sus derechos fundamentales. En estos casos, la ley ofrece mecanismos para impugnar el despido y reclamar la readmisión o una indemnización.
Si crees que has sufrido un despido discriminatorio por enfermedad o necesitas saber qué opciones legales tienes, Labormind podemos ayudarte.
Índice de contenido sobre despido discriminatorios por enfermedad
Preguntas frecuentes sobre despido discriminatorio por causas de salud
¿Qué es un despido discriminatorio por enfermedad?
Un despido discriminatorio por enfermedad es la extinción del contrato laboral motivada directa o indirectamente por el estado de salud del trabajador. Se produce cuando la empresa decide despedir a una persona por estar enferma, de baja médica o por padecer una condición que afecta su rendimiento, vulnerando derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación.
¿Es legal despedir a un trabajador por estar de baja médica?
No, no es legal despedir a un trabajador por estar de baja médica si el motivo real es su enfermedad. Aunque el despido puede presentarse bajo otras causas, si se demuestra que la razón encubierta es la situación médica, puede declararse nulo por discriminatorio.
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y despido discriminatorio por enfermedad?
La diferencia entre despido improcedente y despido discriminatorio por enfermedad radica en la gravedad jurídica. El improcedente implica que no hay causa suficiente, mientras que el discriminatorio vulnera derechos fundamentales, lo que conlleva la nulidad del despido y la obligación de readmisión.
¿Cuándo se considera que una enfermedad genera protección frente al despido?
Se considera que una enfermedad genera protección frente al despido cuando tiene carácter duradero o puede equipararse a una discapacidad. En estos casos, el despido puede interpretarse como discriminatorio si no se justifican adecuadamente causas objetivas ajenas a la enfermedad.
¿Qué pruebas se necesitan para demostrar un despido discriminatorio por enfermedad?
Las pruebas necesarias para demostrar un despido discriminatorio por enfermedad incluyen indicios como proximidad temporal entre la baja médica y el despido, comunicaciones internas, cambios de actitud empresarial o falta de justificación objetiva. Una vez aportados indicios, la empresa debe demostrar que el despido no fue discriminatorio.
¿Qué consecuencias tiene para la empresa un despido discriminatorio por enfermedad?
Las consecuencias de un despido discriminatorio por enfermedad incluyen la nulidad del despido, la readmisión obligatoria del trabajador y el pago de salarios de tramitación, además de posibles indemnizaciones por daños morales.
¿El despido durante una incapacidad temporal siempre es nulo?
No, el despido durante una incapacidad temporal no siempre es nulo, pero sí puede serlo si se demuestra que la causa real es la enfermedad. Si la empresa acredita una causa objetiva válida, el despido podría ser procedente o improcedente, pero no necesariamente nulo.
¿Qué papel juega la normativa europea en estos casos?
El papel de la normativa europea en estos casos es clave, ya que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que ciertas enfermedades de larga duración pueden considerarse discapacidad, ampliando la protección frente a despidos discriminatorios.
¿Qué plazo tiene un trabajador para reclamar un despido discriminatorio por enfermedad?
El plazo para reclamar un despido discriminatorio por enfermedad es de 20 días hábiles desde la fecha del despido. Es un plazo corto, por lo que actuar rápidamente es fundamental para no perder el derecho a impugnarlo.
¿Qué ocurre si el trabajador no quiere ser readmitido?
Si el trabajador no quiere ser readmitido tras un despido discriminatorio por enfermedad, puede negociar una indemnización, aunque la ley prioriza la readmisión. En algunos casos, se alcanza un acuerdo económico en lugar de volver al puesto.
Cuándo se considera nulo un despido discriminatorio por enfermedad
Un despido discriminatorio por enfermedad se considera nulo cuando se demuestra que la decisión empresarial vulnera derechos fundamentales, en particular el derecho a la igualdad y a la no discriminación.
No basta con que el trabajador esté enfermo o de baja médica; es necesario acreditar que la enfermedad ha sido el motivo real o determinante del despido.
Cuando el despido está directamente vinculado a la enfermedad
Se considera nulo cuando existe una relación clara entre la situación de salud del trabajador y la decisión de despedirlo. Esto puede ocurrir si el despido se produce durante la baja o inmediatamente después, sin una causa objetiva justificada.
Cuando la enfermedad puede equipararse a discapacidad
Si la enfermedad tiene carácter duradero y limita la actividad laboral, puede considerarse una discapacidad a efectos legales. En estos casos, el despido puede ser discriminatorio si no se han adoptado medidas de adaptación o si la empresa no justifica adecuadamente su decisión.
Cuando la empresa no logra justificar una causa ajena a la enfermedad
Una vez que el trabajador aporta indicios de discriminación, corresponde a la empresa demostrar que el despido responde a causas objetivas y no a la enfermedad. Si no lo consigue, el despido puede declararse nulo.
Qué derechos tiene el trabajador ante un despido discriminatorio por enfermedad
Cuando un despido se considera discriminatorio, el trabajador cuenta con una protección reforzada, ya que se entiende que se han vulnerado derechos fundamentales.
Esto implica consecuencias más graves para la empresa y mayores garantías para el trabajador.
- Derecho a la readmisión en el puesto de trabajo: En caso de nulidad, el trabajador debe ser readmitido en su puesto en las mismas condiciones que tenía antes del despido.
- Derecho a salarios de tramitación: La empresa debe abonar los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la readmisión.
- Posible indemnización por daños morales: En algunos casos, el trabajador puede reclamar una indemnización adicional por la vulneración de sus derechos fundamentales.
Cómo actuar ante un despido discriminatorio por enfermedad
Actuar con rapidez y de forma estratégica ante un despido discriminatorio por enfermedad es clave, ya que los plazos son limitados y la carga probatoria es relevante.
Una correcta actuación desde el inicio puede marcar la diferencia en el resultado del procedimiento.
Recopilar pruebas desde el primer momento
Es importante conservar correos, mensajes, informes médicos y cualquier documento que pueda acreditar la relación entre el despido y la enfermedad.
Analizar la carta de despido
La carta de despido es un elemento clave, ya que recoge la causa alegada por la empresa y permite valorar si existe coherencia o indicios de discriminación.
Iniciar la reclamación dentro del plazo legal
El plazo de 20 días hábiles es estricto, por lo que es fundamental iniciar el proceso cuanto antes para no perder el derecho a reclamar.
La importancia del asesoramiento legal en casos de despido discriminatorio por enfermedad
Contar con asesoramiento especializado en estos permite identificar si realmente existe discriminación, preparar la estrategia adecuada y defender los derechos del trabajador de forma eficaz.
¿Crees que has sufrido un despido discriminatorio? Contacta con nuestro equipo y recibe asesoramiento legal personalizado.

Paloma de Juan Escandell es abogada laboralista y fundadora de LABORMIND, despacho especializado en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social. Con experiencia en la defensa de trabajadores y asesoramiento a empresas, combina formación académica y compromiso ético para ofrecer soluciones legales efectivas y humanas. Colegiada en el ICAM, es directora de TFM en la UNIR, miembro del Club de Jóvenes de ASNALA y mentora en la Universidad Nebrija.